Términos y condiciones

Fecha de Publicación: 18/05/2026

Este documento constituye un contrato entre usted, persona física o jurídica, ya sea emprendedor, profesional, comerciante o empresa, debidamente registrada en la página https://www.pik.com.py, aplicativos móviles o canales digitales disponibles como tal, en adelante, el COMERCIO ADHERIDO, y Banco Itaú Paraguay S.A., sociedad legalmente constituida en la República del Paraguay con ruc Nro. 80131394-5 y domicilio en Avda. Santa Teresa c/ Herminio Maldonado Torre 2 del Paseo La Galería, en adelante, Pik. Las partes, referidas individual o conjuntamente, acuerdan este contrato, que será válido una vez aprobada la adhesión del COMERCIO al sistema Pik, y el cual se regirá por los términos y condiciones detallados a continuación.

1. Adhesión: El COMERCIO se adhiere al sistema establecido por Pik, en conformidad al servicio establecido en el presente contrato el cual podrá ser modificado o ampliado mediante notificación al COMERCIO ADHERIDO sin que ello afecte la validez del cuerpo principal.
2. Registro: Para acceder al sistema Pik, el COMERCIO ADHERIDO debe registrar una cuenta de correo electrónico y una clave personal. Esta cuenta de correo será utilizada para enviar y recibir informes de operaciones y transacciones, así como todo tipo de comunicaciones relacionadas con el vínculo aquí originado, así también comunicaciones comerciales. Pik se reserva el derecho de implementar otros métodos de validación alternativos y posteriores, tales como la verificación de número de teléfono a través de servicios de autenticación digital, o mediante contacto directo con el COMERCIO ADHERIDO por parte de personal autorizado, con el fin de validar su identidad y asegurar la legitimidad del registro.
En caso de que no se cumpla satisfactoriamente el proceso de validación de identidad del COMERCIO ADHERIDO mediante los mecanismos establecidos por Pik, esta última se reserva el derecho de proceder, de manera unilateral y sin necesidad de notificación o consentimiento previo, a la suspensión o deshabilitación del acceso del COMERCIO ADHERIDO a los servicios Pik, en resguardo de la seguridad operativa, la prevención de fraudes y el cumplimiento de las políticas internas y normativas aplicables.
En ese sentido, Pik se reserva el derecho de rechazar una solicitud de registro o suspender, temporal o definitivamente, incluso cancelar, un registro ya existente, en caso de detectar incongruencias, inconsistencias o datos falsos en la información recibida, actividades sospechosas, e indicios de fraude, sin que tal decisión genere para el COMERCIO ADHERIDO (o potencial COMERCIO ADHERIDO) derechos de indemnización o resarcimiento. Asimismo, el COMERCIO ADHERIDO se obliga a mantener actualizados sus datos personales. Pik no se responsabiliza por la certeza y validez de los datos personales provistos por el COMERCIO ADHERIDO ni por la falta de actualización de estos. El COMERCIO ADHERIDO garantiza y responde, en cualquier caso, por la veracidad, exactitud, integridad, vigencia y autenticidad de los datos personales ingresados. Toda la información y los datos personales ingresados por el COMERCIO ADHERIDO tiene carácter de declaración jurada.
3. Vigencia: El presente contrato tendrá una vigencia indefinida desde su aceptación, pudiendo ser rescindido por cualquiera de las partes conforme a las disposiciones del capítulo XI del presente contrato.
4. Servicios: El COMERCIO ADHERIDO podrá además adherirse a servicios adicionales o diferenciados establecidos en los anexos del presente contrato, aceptando las condiciones particulares de cada uno, ya sea de forma física, por llamadas grabadas o de manera remota con su firma electrónica, a través de todos los canales que Pik ponga a disposición como sitio web https://www.pik.com.py. aplicativos, canales digitales. A todos los efectos, la aceptación manifestada por dichos medios será considerada como firma electrónica, conforme a lo establecido en la Ley N.º 6822/2021 de Servicios de Confianza para las Transacciones Electrónicas.

1. Objeto del Contrato: Este contrato tiene por objeto establecer las condiciones generales bajo las cuales el COMERCIO ADHERIDO, acepta pagos mediante tarjetas de crédito, débito, prepagas, código QR y otros instrumentos de pago electrónico, incluyendo mecanismos de transferencia cuenta a cuenta (A2A), a través de diversos canales habilitados por Pik ya sea en calidad de operador directo o mediante terceros procesadores, según determine Pik. Asimismo, se establece en el cuerpo del presente contrato la administración, garantía y/o realización de la liquidación financiera al COMERCIO ADHERIDO del valor neto de las transacciones, siempre que se cumplan los términos y condiciones de este contrato. El COMERCIO ADHERIDO podrá obtener el servicio de habilitación para aceptar pagos con tarjeta u otros, a través de Pik en conexión con las marcas de tarjetas y comerciantes.
2. Alcance El presente contrato aplica a operaciones realizadas en los siguientes canales:
• Presencial: Terminales POS, Smart POS, dispositivos contactless, operaciones QR, billeteras digitales y otros generalmente aceptados por las marcas internacionales o los reguladores de Paraguay que puedan desarrollarse.
• No presencial: Comercio electrónico, links de pago, billeteras digitales, operación por QR, débitos automáticos en tarjeta o en cuenta, pagos desde aplicaciones con tarjetas o cuentas registradas y otros generalmente aceptados por las marcas internacionales o los reguladores de Paraguay, que puedan desarrollarse.
3. Definiciones: Se considerarán parte integral del contrato las definiciones incluidas en los anexos, así como las establecidas en la normativa nacional vigente en materia de pagos.
4. Constituyen actividades relacionadas con el objeto de este contrato:
• El suministro de comprobantes de venta, resúmenes de venta y equipos (POS u otros), posibilitando la captura electrónica de las transacciones.
• La promoción y divulgación del COMERCIO ADHERIDO al público en general, mediante el suministro de señalización específica y materiales.
• La coordinación y mantenimiento adecuado de la operatividad del sistema.
• La disponibilidad al COMERCIO ADHERIDO de múltiples marcas, cuya lista se encuentra en la página web de Pik https://www.pik.com.py, para consulta.
• Procesos básicos al cambio de una tarifa para procesar una transacción, complementando con el servicio de anulación de transacción y el proceso de resolución de controversias con las marcas correspondientes.
• Pago, liquidación y facturación: corresponde al pago de las ventas realizadas en la cuenta bancaria habilitada, y la emisión de la factura correspondiente.
• Servicio Básico de Red: Corresponde a los servicios que consideran la provisión al COMERCIO ADHERIDO de terminales y aplicaciones estándares que permitan transmitir las transacciones desde los puntos de venta o interacción del COMERCIO ADHERIDO a la plataforma del procesador para su operación por ésta.
Los Servicios Básicos de Red son los siguientes:
La habilitación de un aplicativo estándar, el cual contempla las siguientes funcionalidades:
a) Operación de todos los medios de pago operados por Pik.
b) Ejecución de ventas normales y en cuotas para los medios de pagos habilitados para el efecto.
c) Anulaciones de transacciones para medios de pagos que cuenten con esta funcionalidad.
d) Reporte de transacciones cursadas en los canales transaccionales habilitados.
e) Mantención de los terminales de autorización y captura electrónica de transacciones (POS), su reemplazo por obsolescencia y la provisión de rollos de papel para los casos que aplique.
f) Cualquier otra funcionalidad que Pik desarrolle en el futuro y que guarde relación con el objeto del presente contrato, la cual será implementada conforme a las disposiciones y notificada al comercio adherido por los canales habilitados.

1. Obligaciones de Pik
• Prestar los servicios objeto de este contrato conforme a los estándares de calidad y seguridad aplicables.
• Realizar las liquidaciones de fondos al comercio en los plazos y condiciones estipulados.
• Proveer soporte operativo y técnico.
2. Obligaciones del Comercio Adherido
• Utilizar los medios de pago aceptados únicamente para operaciones reales y lícitas.
• Observar las normas del presente contrato, los anexos y la regulación vigente.
• Conservar la confidencialidad y seguridad de los datos de los medios de pago.
• Solicitar identificación en ventas sospechosas.
• Cumplir con los estándares PCI DSS y evitar almacenar datos de tarjetas.
• Conservar comprobantes de ventas firmados o electrónicos.
• Informar claramente las políticas de devolución y cancelación.
• Evitar ventas fraudulentas o fuera del rubro declarado.
• Procesar correctamente las anulaciones y reembolsos.

3. Prohibiciones específicas
• Realizar operaciones ficticias o de "factoring".
• Dividir una transacción en varios cargos sin causa justificada.
• Reprocesar transacciones que hayan sido objeto de contracargo.
• Utilizar el sistema para refinanciar deudas preexistentes sin autorización expresa.
• Aceptar operaciones por cuenta de terceros no adheridos al contrato.
Estas restricciones se aplican como condición de continuidad de la relacióncontractual.

1. Autenticación de operaciones, seguridad y PCI (Estándar de Seguridad de Datos de la Industria de Tarjetas de Pago): El COMERCIO ADHERIDO se obliga a cumplir con los métodos de autenticación definidos por las marcas internacionales y la normativa local. Asimismo, se obliga a implementar y mantener los estándares de seguridad PCI DSS u otros que determine Pik, órganos supervisores o las leyes y reglamentos que rijan en el presente o en el futuro en la Rca. del Paraguay.
2. Prevención del fraude: El COMERCIO ADHERIDO se obliga a no prestar sus cuentas ni a ceder a terceros. Colaborará con Pik en toda investigación de hechos punibles y deberá reportar transacciones sospechosas a Pik.
3. Prevención de lavado de dinero: El COMERCIO ADHERIDO declara que cumple con las leyes y normas aplicables, incluyendo, sin limitarse a, las leyes de prevención de lavado de dinero y combate al financiamiento del terrorismo; (ii) reconoce que Banco Itaú Paraguay S.A. en adelante, el banco, está sujeto a leyes, normas y reglas específicas nacionales y extranjeras y no puede relacionarse, directa o indirectamente, con personas y/o entidades sujetas a sanciones y/o que sean residentes, ubicadas o establecidas en países o territorios sancionados determinados por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los EE.UU., la Unión Europea y el Tesoro de Su Majestad; y (iii) declara que no es una persona sancionada, ni es residente o está establecida en países o territorios sancionados, y se compromete a notificar al Banco y a Pik inmediatamente si llega a ser sancionado, directa o indirectamente, o si toma conocimiento de cualquier violación de las leyes y demás normas y regulaciones. El banco y/ o Pik se reserva el derecho de suspender, bloquear cuentas o terminar anticipadamente o resolver este contrato, según sea el caso.

1. Tras la aceptación e inclusión del COMERCIO ADHERIDO en el sistema Pik, se generan automáticamente:
(a) El número de serie del equipo se debe vincular al código de comercio que es proveído por Pik tras el proceso de registro y contratación del servicio;
(b) la orden de instalación y/o homologación, y/o provisión del número lógico del equipo contratado.
2. En el momento en que se realice la instalación y/o entrega de los equipos, Pik podrá enviar una comunicación, por correo postal o medio electrónico, con los datos registrales del COMERCIO ADHERIDO y otra información relevante, tales como: domicilio, valor de las tasas y/o comisiones por transacción o descuentos, monto del alquiler mensual del equipo, plazos de pago a Pik. Toda esta información deberá ser verificada cuidadosamente por el COMERCIO ADHERIDO al recibir dicha comunicación; en caso de detectar una diferencia, el COMERCIO ADHERIDO deberá comunicarse de inmediato con Pik, a través de su servicio de atención al cliente, para solicitar la regularización.
3. El presente contrato entra en vigor desde el momento en que el COMERCIOADHERIDO esté apto y habilitado para realizar transacciones, independientemente de que efectivamente las realice.
4. La ocurrencia de los eventos anteriores implica la aceptación por parte del COMERCIO ADHERIDO de todos los términos y condiciones de este contrato, así como de las reglas y exigencias establecidas por Pik, las marcas, así como el mercado de medios de pago y la legislación, tanto las dispuestas anteriormente como las que puedan establecerse en el futuro, cuyo incumplimiento podrá resultar en la rescisión de este contrato.
5. El COMERCIO ADHERIDO podrá vincular uno o más puntos de venta (pv), bajo su responsabilidad, a su registro en el sistema Pik evaluará la solicitud según sus propios criterios, pudiendo aprobarla o rechazarla.
6. El COMERCIO ADHERIDO deberá informar sobre el contrato a sus sucursales, exigiendo su estricto cumplimiento de los términos y condiciones.
7. AL COMERCIO ADHERIDO le será permitido, en cualquier momento, solicitar la adhesión o la cancelación de determinados productos, detallados en los Anexos o Instrumentos específicos disponibles en el sitio web, aplicativos y canales digitales de Pik.
8. Los productos disponibles en el sistema Pik pueden ofrecerse al COMERCIO ADHERIDO de forma remota, sin necesidad de una visita al lugar; la adhesión se considerará efectiva tras la debida formalización en los canales indicados por Pik y comenzará a regir en la fecha indicada en dicha formalización, o al momento de realizar cualquier transacción del producto, o cuando Pik lo habilite, lo que ocurra primero, constituyendo aceptación de todos los términos y condiciones del instrumento específico, que se incorporará a este contrato.
9. Es obligación del COMERCIO ADHERIDO señalizar sus instalaciones con los materiales proporcionados por Pik, en lugares visibles y destacados para el público en general, conforme a las orientaciones Pik y la legislación vigente.
10. El COMERCIO ADHERIDO autoriza a Pik, siempre que lo considere necesario, a inspeccionar durante el horario de funcionamiento del COMERCIO ADHERIDO, directamente o por medio de terceros designados por ella, (i) la regularidad y permanencia de sus actividades, (ii) la adecuación de la señalización de uso obligatorio, conforme a la cláusula anterior de este contrato, (iii) la regularidad en la realización de las transacciones, (iv) el funcionamiento de los equipos, y (v) la correcta gestión, consumo y abastecimiento de todo material necesario para la realización de las transacciones.

1. Contracargo: A todos los efectos, es un proceso iniciado por el titular de una tarjeta de crédito o débito para impugnar una transacción y solicitar la devolución del dinero, sea porque no reconoce el cargo, fraude, o hay problemas con el producto, su entrega o servicio. El proceso de disputa está a cargo de la Marca emisora del medio de pago y las partes se someten a su deliberación y decisión para la devolución parcial o total de los fondos reclamados. Se seguirán los procedimientos establecidos por las marcas y el banco emisor para la tramitación de contracargos. En caso de disputas o auditorías, el comercio adherido debe proporcionar a Pik las copias de los tickets, facturas u otros documentos respaldatorios dentro de los plazos estipulados. La falta de entrega puede derivar en contracargo automático. El Comercio adherido es responsableeconómicamente por el monto contracargado, incluso si la operación fue autorizada y pagada, durante un plazo de hasta 180 días posteriores a la transacción. Por cada contracargo recibido, Pik podrá aplicar un fee de gestión destinado a cubrir los costos administrativos, operativos y de comunicación con las marcas y entidades
emisoras. El COMERCIO ADHERIDO asumirá los costos derivados de aquellos que le resulten imputables.
2. Responsabilidad Cada parte será responsable por el incumplimiento de las obligaciones asumidas en este contrato y por los daños que resulten de su conducta dolosa o negligente. Pik no será responsable por pérdidas indirectas, lucro cesante o daños emergentes ocasionados por fallas en los sistemas de terceros, redes o adquirientes.
3. Controversias Las controversias que surjan serán resueltas prioritariamente por vía administrativa interna. En su defecto, se someterán a los tribunales ordinarios de la República del Paraguay.
4. Debito sin consentimiento del comercio:
i) En caso de detectarse operaciones fraudulentas, Pik queda facultado para debitar directamente de la cuenta bancaria indicada por el COMERCIO ADHERIDO los montos involucrados, sin requerir consentimiento previo ni notificación formal, hasta tanto se resuelva la controversia conforme a los procedimientos establecidos por las marcas y el banco emisor.
ii) Si se verifican errores operativos atribuibles a Pik o al banco emisor, Pik podrá realizar débitos automáticos en la cuenta del COMERCIO ADHERIDO por los importes que correspondan a la regularización de dichas operaciones, sin necesidad de consulta previa ni trámites adicionales, garantizando la restitución o compensación conforme a lo pactado en este contrato.
iii) En caso de mora, ya sea por falta de pago total o parcial en los plazos acordados, Pik estará autorizado a debitar de la cuenta del COMERCIO ADHERIDO los cargos, penalidades y/o montos adeudados, sin requerir autorización previa, pudiendo incluso sobregirar la cuenta o activar mecanismos de cobro alternativos según lo previsto en este contrato y la
legislación vigente.

1. Moneda y calendario: Las liquidaciones se realizarán en moneda local, o en otra que las partes pudieran acordar, y conforme al calendario y modalidad definida en los Anexos al presente contrato. Salvo disposición distinta en los Anexos de Tarifas, Pik liquidará al Comercio adherido los montos netos de las transacciones aceptadas y no objetadas dentro del plazo de acordado en la contratación del servicio, sujetos a ajustes por contracargos, devoluciones, reservas y compensaciones autorizadas.
2. Retenciones y reservas: Para mitigar riesgos de contracargos, fraude, devoluciones y sanciones de redes, el PIK podrá: (a) establecer o ajustar una reserva (incluyendo reserva rodante) hasta un porcentaje de las ventas netas del Comercio Adherido, con revisión mensual basada en métricas de riesgo; (b) retener pagos cuando existan indicios razonables de fraude, incumplimiento o superación de umbrales de contracargos; y (c) compensar créditos y débitos recíprocos entre las Partes, incluyendo obligaciones futuras y contingentes. Pik pondrá a disposición del Comercio el detalle de los conceptos retenidos y el calendario de liberación correspondiente.
3. Cuentas autorizadas: Los pagos se realizarán a las cuentas bancarias indicadas por el COMERCIO ADHERIDO, quien será responsable por su exactitud y vigencia. Pik no será responsable en caso de equivocaciones, pero podrá mediar entre las partes mas no será responsable por la reversión de los fondos transferidos sin que la disputa sea resuelta por los mecanismos antes mencionados.
4. Falta de pago / retraso: Si hay falta, parcial o total, o retraso en el pago dentro de los plazos acordados en el contrato, en Anexos o en promociones u otros, y sus modificaciones, el COMERCIO ADHERIDO podrá estar sujeto al pago de cargos adicionales o penalidades, pudiendo Pik compensar o instruir el débito de las cuentas que tenga el COMERCIO ADHERIDO abiertas en Banco Itaú Paraguay S.A. o abrir cuenta corriente y sobregirarla en caso de que no tengan fondos disponibles y no pueda efectuarse el pago, sin perjuicio de la inscripción en los registros o empresas que tengan base de datos e informaciones sobre clientes morosos, cuando surjan atrasos de pagos superiores a 90 días, o a los establecidos en la legislación nacional. La eliminación de tales datos de dichos registros se realizará de acuerdo con los términos establecidos en la Ley N° 6534 o la que regule esta materia en el futuro.
5. Débitos / créditos: El COMERCIO ADHERIDO autoriza a Pik y al banco a efectuar débitos, créditos y otras operaciones previstas en este contrato, en la cuenta indicada por el comercio, sin necesidad de consulta previa u otros trámites formales legales o documentales. Si Pik se halla impedido de cumplir las órdenes de débito podrá activar una cuenta corriente y sobregirarla hasta que reciba la regularización o compensación del débito por parte del COMERCIO ADHERIDO. En caso de que no se pueda realizar el cobro, Pik podrá reclamar el cobro, judicial o extrajudicial.
6. Pago de las transacciones al COMERCIO ADHERIDO: El COMERCIO ADHERIDO autoriza a Pik a realizar el pago del valor neto de las transacciones, en la forma y los plazos definidos y registrados en Pik mediante crédito del respectivo monto en su cuenta bancaria indicado por el COMERCIO ADHERIDO, así como por cualquier otro medio de pago
permitido por este contrato o anexos o acordado entre las Partes, incluyendo la compensación, siempre y cuando la transacción se haya realizado conforme a lo previsto en este contrato. El plazo de pago se contará desde la fecha de compra en los dispositivos físicos o digitales del comercio. Las acreditaciones se realizan todos los días
inclusive fines de semana y feriados, pudiendo ser al instante o no, según lo establecido en el paquete seleccionado al suscribirse al servicio Pik. El COMERCIO ADHERIDO podrá indicar más de una cuenta, así como garantías si existiesen que el COMERCIO ADHERIDO haya contratado y comunicado a Pik o si existiese una ley o reglamentación al respecto.

1. Pik proporciona al COMERCIO ADHERIDO los equipos de su propiedad, y se reserva el derecho de retirarlos en casos de incumplimiento contractual. En los casos de servicios integrados, Pik se reserva el derecho de homologar los equipos de propiedad del COMERCIO ADHERIDO o de terceros para su integración al sistema de Pik.
2. Los equipos se suministran al COMERCIO ADHERIDO con las orientaciones necesarias para su manejo. En caso de dudas, el COMERCIO ADHERIDO dispone del manual de uso proporcionado en la instalación del equipo y/o disponible en el portal Pik, o bien puede contactar con el Servicio de atención al cliente de Pik.
3. La instalación y desinstalación del equipo podrá ser realizada por Pik o por terceros designados, en la dirección registrada en Pik por el COMERCIOADHERIDO.
4. Con relación a los equipos, el COMERCIO ADHERIDO se obliga a:
a) en el caso de terminales POS con cable, para la instalación y uso de los equipos, el COMERCIO ADHERIDO asume las tarifas correspondientes y los costes y gastos de funcionamiento, relativos al consumo de energía eléctrica, transmisión de datos, así como otros costes;
b) verificar, en el momento de la instalación o mantenimiento del equipo, los datos de registro impresos en el comprobante de venta emitido por el equipo;
c) usar correctamente los equipos y accesorios, respondiendo por los costes de instalación, reparación y mantenimiento de los equipos de su propiedad, así como por los costes de instalación, reparación y mantenimiento de los equipos propiedad de Pik y en caso de rotura o falla o por uso, instalación o manejo inadecuados por sus empleados o representantes y representados;
d) mantener los equipos en el local donde el COMERCIO ADHERIDO realiza sus actividades conforme al registro de Pik, o en otro lugar autorizado por Pik, debiendo comunicar previamente a Pik en caso de cualquier cambio, no pudiendo ceder, subarrendar, transferir o enajenar, total o parcialmente los equipos propiedad de Pik sin el consentimiento de Pik, quedando el COMERCIO ADHERIDO consciente de que, en caso de incumplimiento de lo aquí previsto, será responsable y asumirá los riesgos derivados de dicha inobservancia, entre los que se incluyen, pero no se limitan, a los riesgos legales y fiscales;
e) adoptar todas las medidas y precauciones necesarias para mantener la custodia, integridad y perfecta conservación y funcionamiento de los equipos propiedad de Pik, estando prohibido al COMERCIO ADHERIDO realizar cualquier reparación, modificación, instalación de software y/o aplicativos en dichos equipos, comprometiéndose a comunicar inmediatamente a Pik cualquier intervención o violación por terceros de cualquiera de sus derechos respecto al equipo;
f) reconocer y aceptar que los programas informáticos que se proporcionen o se inserten en los equipos, de forma gratuita u onerosa por parte de Pik, los cuales pueden ser de Pik o de terceros contratados por Pik, pudiendo el COMERCIO ADHERIDO únicamente hacer uso de los mismos, comprometiéndose a no ceder, copiar, alterar, modificar, adaptar, manipular, añadir, descompilar, descomponer ni realizar ninguna conversión de los programas, estando también prohibido el uso de ingeniería inversa o su utilización para fines distintos de los previstos en el presente contrato, bajo pena de rescisión inmediata del contrato, sin perjuicio del resarcimiento por eventuales pérdidas y daños ocasionados;
g) asumir la responsabilidad por el pago del valor del equipo, en los siguientes casos: hurto, robo, pérdida total o parcial, incendio, destrucción total o parcial, falta de solicitud de asistencia técnica, descuido en el manejo, retención o cualquier otro hecho o evento que imposibilite, dificulte o perjudique el derecho de propiedad sobre los equipos por parte de Pik, además de la responsabilidad por la incautación, remoción, bloqueo, precinto, confiscación o subasta de los equipos por cualquier órgano o autoridad, siempre que haya dado causa a tales eventos, y por el costo de reparación, sustitución o liberación, así como eventuales multas y penalidades impuestas;
h) en casos de hurto o robo, incendio o destrucción total o parcial, el COMERCIO ADHERIDO deberá presentar a Pik el respectivo informe policial o peritaje específico, en el cual consten, obligatoriamente, los datos que identifiquen el equipo;
i) comunicar inmediatamente a Pik en caso de sospecha de fraude o fraude confirmado en el equipo.
5. El COMERCIO ADHERIDO puede utilizar equipo, software, hardware y materiales relacionados, de su propiedad o de terceros contratados por él, siempre que estén homologados por Pik, y en este caso, cualquier sustitución o modificación relativa a los equipos, software, hardware debe ser sometida a la aprobación previa de Pik.
6. Pik es responsable de la instalación, conexión y mantenimiento de los equipos, software, hardware y materiales que provee para las operaciones del sistema Pik. Por su parte, el COMERCIO ADHERIDO es responsable del uso, manejo adecuado y abastecimiento de dichos dispositivos, así como de la capacitación de su personal y la obtención de las licencias y autorizaciones necesarias. El COMERCIO ADHERIDO asume de manera exclusiva los costos y cualquier consecuencia, carga o gravamen derivado de un uso inadecuado o ineficiente de los equipos, software, hardware y materiales relacionados.
7. El COMERCIO ADHERIDO debe cumplir y mantenerse adherido a las reglas de las marcas y a las normas del mercado de medios de pago, debiendo, cuando corresponda, adecuar los estándares de funcionamiento de sus equipos a los nuevos estándares, en los plazos y condiciones establecidos por Pik. En caso de no adecuación, Pik queda exento de cualquier responsabilidad relativa a indicios o sospechas de fraude, en todas las transacciones con tarjetas y medios de pago, debiendo el COMERCIO ADHERIDO asumir cualquier perjuicio que comprobablemente se ocasione a Pik, al propio COMERCIO ADHERIDO, a terceros o incluso eventuales multas cobradas por las marcas.
8. Pik proveerá el mantenimiento del equipo, si es necesario o en caso de solicitud del COMERCIO ADHERIDO.
9. En caso de pérdida, deterioro o alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que impida la devolución de los equipos el COMERCIO ADHERIDO procederá, en un plazo no mayor de 48 horas, a pedido formal de Pik, a abonar el importe del/los equipos y accesorios, más los gastos de despacho correspondientes o el Valor Total asignado a cada equipo, el cual será proveído por Pik en cada caso, según el valor actual de mercado. Pik queda expresamente facultado a debitar en forma automática de su crédito o cuenta
de acreditamiento, el monto del equipo, sin necesidad de autorización previa.
10. En caso de que el COMERCIO ADHERIDO comunicare su intención de dar por terminado el presente contrato, deberá remitir a Pik el equipo y sus accesorios corriendo por cuenta del COMERCIO ADHERIDO los gastos de traslado y entrega de los equipos.

1. Tratamiento de Datos: Las partes reconocen que, como consecuencia de la prestación de servicios referidos en el presente Contrato, EL COMERCIO ADHERIDO, se constituye como Encargado del tratamiento, y, en consecuencia, podrá acceder a información confidencial y datos de carácter personal de responsabilidad de Pik, quien se constituye en el responsable del tratamiento, con el único fin de prestar aquellos servicios solicitados por parte de Pik. El COMERCIO ADHERIDO se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso conforme a las instrucciones por escrito que, a tal efecto, se encuentren definidas en el objeto del contrato, cumpliendo en todo caso con la normativa nacional e internacional aplicable. Este compromiso se extenderá asimismo con respecto a las transferencias internacionales de datos de carácter personal a un tercer país o una organización internacional. En consecuencia, los datos que se conozcan u obtengan en virtud de este
Contrato:
a) No podrán ser utilizados para ninguna otra finalidad distinta de la ejecución del mismo, tendrán carácter confidencial y no serán publicados o puestos en conocimiento de terceras partes sin la autorización previa y por escrito del responsable del tratamiento. En ningún caso se tratarán los datos conocidos como consecuencia del presente Contrato para fines propios.
b) No serán comunicados a terceros sin la previa autorización por escrito de Pik. En este sentido, el COMERCIO ADHERIDO, por escrito y de manera previa a que Pik autorice la comunicación, identificará la entidad o entidades a que vaya a comunicar los datos, qué tipo de datos o categoría de datos personales van a ser objeto de la comunicación y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la misma.
c) El COMERCIO ADHERIDO se compromete a cumplir las medidas de seguridad, de carácter organizativo, técnico, físico y administrativo, que resulten apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo que pudiera derivarse del tratamiento, garantizar la seguridad, integridad, disponibilidad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, destrucción accidental o ilícita, tratamiento, revelación o acceso no autorizado en todo momento.
d) El COMERCIO ADHERIDO se compromete a facilitar a Pik toda aquella información, en soporte físico o electrónico, que resulte necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones.
e) A la finalización de la relación contractual, las partes procederán al bloqueo de los datos de la otra parte a los que hubieran tenido acceso como encargado
del tratamiento.
f) Las partes serán responsables del cumplimiento de sus obligaciones en relación con lo acordado en la presente cláusula asumiendo por ello la correspondiente responsabilidad derivada de su incumplimiento. Asimismo, en cumplimiento de la Ley N° 6534 De Protección de Datos Personales Crediticios o la que regule esta materia en el futuro, el COMERCIO ADHERIDO otorga consentimiento expreso para el tratamiento de datos personales para todos los fines descriptos a continuación.
Acepta que Pik trate sus datos personales con las siguientes finalidades, siendo estas meramente referenciales, sin representar una lista taxativa:
a) Contratar, mantener y seguir el cumplimiento de los contratos de los productos y servicios que tenga con Pik, evaluando para ello, cuando sea preciso, su solvencia y riesgo crediticio.
b) Verificar su identidad, solvencia económica, situación patrimonial, cumplimiento de tus obligaciones comerciales y tributarias.
c) Desarrollar acciones comerciales en general (incluyendo encuestas) y, en particular, ofrecer y/o recomendarte productos y servicios de Pik y empresas de su grupo empresarial (locales o extranjeras), que puedan resultar de interés del COMERCIO ADHERIDO, teniendo en cuenta los que haya contratado en el pasado, incluyendo para la misma finalidad la transferencia internacional de datos.
d) Comunicar sus datos personales a reguladores, entidades de su grupo empresarial, colaboradores y/o participadas para el cumplimiento de obligaciones regulatorias y el desarrollo de acciones comerciales sobre sus productos y servicios, generales o personalizadas, por cualquier medio.
e) Otorgar acceso a terceros proveedores de servicios de Pik y que tratan los referidos datos en nombre y por cuenta de Pik como consecuencia de la ejecución del contrato de prestación de servicios que Pik mantiene con los mismos, incluyendo para la misma finalidad la transferencia internacional de tus datos al tratarse de proveedores situados fuera del territorio nacional.Las finalidades del tratamiento así individualizadas son meramente referenciales, sin representar una lista taxativa y el tratamiento se realizará conforme a las condiciones y limitaciones establecidas en la Ley N° 6534/2020 “De Protección de Datos Personales Crediticios”, y otras regulaciones concordantes. Si hay cambios en las finalidades para el tratamiento de datos personales que no sean compatibles con el presente consentimiento otorgado, Pik comunicará al comercio adherido con anticipación sobre los cambios en la finalidad, y éste podrá revocar su consentimiento, si no está de acuerdo con los cambios.Además, Pik informa al COMERCIO ADHERIDO que cuenta con la potestad de ejercer sus derechos de acceso, actualización, rectificación, supresión, oposición y portabilidad de tus datos personales. Asimismo, también tiene el derecho de revocar el presente consentimiento de forma expresa y a título gratuito. Cuando el COMERCIO ADHERIDO facilite datos personales de terceros, deberá informar a dichas personas que ha proporcionado sus datos para que Pik trate su información personal y remitir la Política de Privacidadde Pik. Finalmente, por medio de este contrato, el COMERCIO ADHERIDO acepta que Pik cuenta con suficiente mandato en los términos del Art. 917 Inc. “a” del Código Civil, para que por propia cuenta o a través de empresas especializadas en tratamiento de datos crediticios (Equifax, Criterion u otras) pueda recabar y/o proporcionar información negativa y positiva en plaza referente a datos personales, situación patrimonial, solvencia económica, o cumplimiento de cualquier obligación comercial que el COMERCIO ADHERIDO pudiera tener.
2. Confidencialidad: Ambas partes se obligan a mantener confidencial la información comercial, operativa y técnica conocida con motivo de la ejecución del contrato. Asimismo, el COMERCIO ADHERIDO reconoce que la cuenta de correo electrónico registrado y contraseñas serán personales, secretos, confidenciales e intransferibles, quedando terminantemente prohibida su divulgación a terceros por parte del COMERCIO ADHERIDO. En caso de que el COMERCIO ADHERIDO llegase a saber y/o sospechar
sobre una vulneración de la confidencialidad de sus Claves, deberá modificarla de inmediato. El COMERCIO ADHERIDO será el único y exclusivo responsable de la confidencialidad de sus Claves, así como también de todas las operaciones y/o actividades llevadas a cabo con las Claves y su cuenta de COMERCIO ADHERIDO en el sistema de Pik.

1. Propiedad intelectual: Pik, así como cualquier filial, sucursal o empresa perteneciente a su grupo empresarial, es el titular exclusivo de los derechos sobre los títulos, contenidos, códigos, datos y materiales de este, incluyendo el aspecto, ambiente, diseño y organización del sitio web y de los aplicativos Pik. Esto abarca la compilación de los contenidos, códigos, datos y materiales en ellos. Los derechos incluyen, pero no se limitan a, derechos de autor, derechos de marca, derechos de patente, derechos de base de datos, derechos morales y otras propiedades intelectuales, así como derechos patrimoniales en general sobre el sitio web y aplicaciones. El uso de éstos no otorga al COMERCIO ADHERIDO propiedad alguna sobre los contenidos, códigos, datos o materiales a los que se acceda a través del sitio web, aplicativos, y canales digitales de Pik.
Cualquier distribución, publicación o explotación comercial o promocional de la marca Pik, o de cualquiera de los contenidos, códigos, datos o materiales en sitio web, aplicativos, y canales digitales de Pik, está estrictamente prohibida, a menos de que el COMERCIO ADHERIDO haya recibido el previo permiso por escrito autorizado de Pik. El COMERCIO ADHERIDO no puede descargar, informar, exponer, publicar, copiar, reproducir, distribuir, transmitir, modificar, ejecutar, difundir, transferir, crear trabajos derivados de, vender o de cualquier otra manera explotar cualquiera de los contenidos, códigos, datos o materiales en o disponibles a través del sitio web, aplicativos, y canales digitales de Pik, salvo expresa autorización de Pik.
2. Marcas: Las marcas expuestas a través del sitio web, aplicativos, y canales digitales de Pik, en los contenidos disponibles son propiedad de Pik, y no pueden ser utilizadas con respecto a productos y/o servicios que no estén relacionados, asociados o patrocinados por sus poseedores de derechos y que puedan causar confusión a los clientes, o de alguna manera que denigre o desacredite a sus poseedores de derechos. El mal uso de las marcas está estrictamente prohibido y es causal de cancelación del servicio. Es responsabilidad exclusiva del COMERCIO ADHERIDO cesar el uso de cualquier material promocional, beneficio o contenido asociado a promociones no vigentes. El uso indebido o continuado de dichos materiales, una vez finalizada la suscripción correspondiente, será considerado una acción no autorizada, es estrictamente prohibida y responsabiliza al COMERCIO ADHERIDO de las consecuencias legales, comerciales o de cualquier otra índole que pudieran derivarse de dicha acción.

1. Suspensión Pik podrá suspender el servicio de forma inmediata y sin previa notificación ante:
a) Cuando existan indicios razonables de fraude, incumplimiento de normas de prevención de lavado de dinero, financiación del terrorismo, incumplimiento de estándares PCI, operaciones fuera del giro declarado del comercio, o , notificando al Comercio con la mayor diligencia. Si el Comercio no corrige la causa en un plazo razonable, Pik podrá resolver el Contrato por causa justificada b) Incumplimiento del deber de confidencialidad, protección de datos y normas relativas a la prevención de lavado de dinero.c) Instrucción de autoridad competente. d) En caso de Mora. e) En caso de las situaciones previstas en el capítulo VIII, de equipos.
2. Terminación por las partes Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato mediante notificación escrita (email u otro medio fehaciente) con 30 días de antelación.
3. Obligaciones post-rescisión El COMERCIO ADHERIDO deberá: a) Devolver equipos y materiales provistos. b) Cumplir sus obligaciones pendientes de pago. c) Eliminar logos y marcas de Pik. d) Atender contracargos pendientes hasta 180 días posteriores a la finalización del contrato.

1. Jerarquía contractual En caso de contradicción entre el cuerpo principal y los anexos, prevalecerá el presente contrato marco. La nulidad o invalidez de una cláusula no afectará la validez del resto del contrato.
2. Comunicaciones: Toda comunicación, notificación o aviso entre las partes será válida si se realiza a través de los canales habilitados por Pik, incluyendo correo electrónico, SMS, notificación dentro de la aplicación, redes sociale., considerándose recibida en la fecha de envío. Por su parte, el comercio adherido reconoce y acepta que su correo electrónico y numero de teléfono declarado constituye su domicilio digital, donde será valida cualquier notificación.
3. Regulación aplicable Este contrato se regirá por las leyes de la República del Paraguay y por la normativa del Banco Central del Paraguay vigente para el Sistema Nacional de Pagos.
4. Cesión: Pik podrá ceder el presente contrato sin consentimiento previo del Comercio adherido, bastando para el efecto una comunicación por cualquier canal habilitado. El COMERCIO ADHERIDO no podrá ceder contrato sin expreso consentimiento de Pik.
5. Domicilio y jurisdicción Las partes fijan como domicilio los establecidos en la portada del contrato y se someten a los tribunales ordinarios de la ciudad de Asunción - Paraguay.
6. Las Partes acuerdan que las obligaciones derivadas de (i) normas del Banco Central del Paraguay, (ii) regulaciones y guías de SEPRELAD, (iii) estándares PCI DSS, y (iv) Reglas de Marcas (Visa, Mastercard y cualesquiera otras redes aplicables) se incorporan al presente por referencia y se considerarán automáticamente actualizadas. Pik notificará
al Comercio, por medios electrónicos, de cualquier cambio material con al menos quince (15) días de antelación a su entrada en vigor, salvo exigencia inmediata por autoridad o marca. Si el cambio supone una carga materialmente adversa para el Comercio, este podrá resolver el Contrato sin penalidad dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación, sin perjuicio del cumplimiento de obligaciones nacidas con anterioridad.
7. Modificación ágil del Contrato y anexos. Pik podrá modificar los Anexos, de Tarifas y servicios diferenciados o paquetes, así como políticas operativas y de seguridad, cuando sea necesario para reflejar cambios regulatorios, de redes o mejoras operativas. Dichas modificaciones se comunicarán por cualquier medio de comunicación registrado del
Comercio y entrarán en vigor a partir de la fecha indicada en la notificación. En caso de cambios no motivados por obligación legal o de marcas que impliquen un aumento de costos directos para el Comercio, este podrá resolver el Contrato sin penalidad notificándolo dentro de los treinta (30) días siguientes a la comunicación.
8. Si se producen alteraciones en los costes aplicados a PIK por las marcas de medios de pago u otros esquemas, PIK se reserva el derecho de repercutir estas variaciones de costos de redes (scheme/assessment fees) con preaviso y derecho de resolución sin penalidad si el impacto es materialmente adverso para el Comercio.

• Emisor: entidad financiera, cooperativa o comercial que emita tarjetas de
crédito y de débito a los efectos de realizar transacciones con dichos
instrumentos.
• Operador: La entidad financiera, cooperativa o comercial que procesa y administra los instrumentos de pago, cualquiera sea su técnica o especie, que permitan la interconexión simultánea con los emisores.
• Procesamiento de pagos: El conjunto de acciones que ocurren desde que el cliente inicia una transacción hasta que el comercio recibe los fondos, incluyendo validación, autorización y liquidación.
• Procesador de Pagos: Servicio que transmite la información de las transacciones entre el Comercio Aherido, el banco emisor y el adquirente o subadquiriente.
• Adquiriente: entidad que actúa como intermediario entre los comercios y los bancos emisores de tarjetas de crédito o débito.
• Sub adquieriente: entidad que que facilita los pagos electrónicos entre comercios y adquirentes, o entre estos y los bancos.
• Banco Emisor: entidad financiera que emite y gestiona las tarjetas de crédito o débito de un cliente, siendo responsable de autorizar o denegar transacción
• Cliente: persona física o juridica que compra productos o servicios del Comercio Adherido.
• POS: Punto de Venta (Point of Sale).
• Terminal Punto de Venta (TPV): Dispositivo físico que permite a los comercios pasar o insertar la tarjeta del cliente para acreditar la compra.
• Tarjeta de Crédito: Instrumento financiero emitido por una entidad financiera que te permite comprar bienes y servicios a crédito, generando una deuda que se debe cancelar mensualmente.
• Tarjeta de Débito: Una tarjeta que extrae fondos directamente de la cuenta bancaria del titular para realizar compras.
• Tarjeta Prepaga: Tarjeta financiera que se carga con un monto de dinero previo, permitiendo su uso hasta agotar el saldo.
• Transferencia Bancaria (A2A): Transferencia de fondos entre cuentas bancarias, ya sea de manera directa o mediante plataformas de pago electrónico.
• Link de pago: Sistema que permite aceptar pagos mediante la creación de un pedido manual. Este genera un enlace que se puede enviar al cliente. Al clicar en el enlace, el cliente puede completar su compra.
• Pago sin contacto (Contactless): Tecnología que permite a los clientes tocar o acercar su tarjeta, e-wallet u otro método de pago a un terminal de punto de venta (POS) para completar el pago.
• E-wallet o billetera electrónica: es una aplicación que almacena de forma segura la información de pago (tarjetas de crédito, débito, etc.) en un dispositivo digital.
• Tap on Phone /Terminal de punto de Venta Movil: Es una tecnología que permite al Comercio Adherido aceptar pagos sin contacto directamente desde su teléfono móvil, convirtiéndolo en un terminal de pago gracias a la tecnología NFC (Near Field Communication).
• PCI Compliance: Conjunto exhaustivo de requisitos creado por el Consejo de Normas de Seguridad de la Industria de Tarjetas de Pago, para reforzar la seguridad de los datos de los titulares de tarjetas y garantizar el tratamiento y almacenamiento seguros de los datos confidenciales de la tarjeta de crédito de los clientes.
• Sistema Pik: plataforma de cobros digitales diseñada por Pik para el comercio adherido, que permite aceptar pagos con tarjetas, billeteras y códigos QR usando un smartPOS o un teléfono móvil.
• Scheme/assessment fees: comisiones que las redes de tarjetas (Visa, Mastercard, American Express) cobran a los bancos o adquirentes por procesar transacciones comerciales. Estas tarifas cubren los costos operativos y de infraestructura de la red.

Pik podrá poner a disposición del COMERCIO ADHERIDO, en carácter opcional, servicio de valor agregado, con el objetivo de mejorar la experiencia, fidelización de clientes y crecimiento del negocio. Estos servicios serán comunicados previamente al COMERCIO ADHERIDO y estarán sujetos a aceptación expresa por parte de este, ya sea:
• mediante selección durante el registro o alta de servicios, o
• mediante aceptación por canales digitales habilitados (SMS, Email u otros).Cada servicio adicional tendrá sus propias condiciones, beneficios y costos, los cuales serán informados al COMERCIO ADHERIDO previamente a su activacióny que están publicados en el sitio web de Pik. En este sentido, el COMERCIO ADHERIDO podrá acceder al servicio adicional de promociones con Pik, que le permitirá ofrecer cuotas sin intereses todos los días y reintegros mensuales a sus clientes con tarjeta de crédito Itaú, de acuerdo con el calendario definido por Pik.Los porcentajes de reintegro y topes de reintegro de cada promoción serán definidos por Pik con relación a la facturación del comercio, del mes anterior a la promoción. Los COMERCIOS ADHERIDOS que se suscriban al servicio hasta el 15 de cada mes ingresarán a la promoción de reintegro, en caso de adherirse fuera de este periodo, accederán al beneficio de reintegro al mes siguiente de suscripción. Los nuevos COMERCIOS ADHERIDOS registrados que se suscriban al servicio, en su primer mes accederán al beneficio de las cuotas sin interés y el reintegro se aplicará con el porcentaje y tope mínimo establecidos por Pik, dado que aún
no se cuenta con información de facturación previa del COMERCIO ADHERIDO. Planes:
1. Plan básico: El COMERCIO ADHERIDO accede al beneficio de 6 cuotas sin intereses todos los días más 1 reintegro mensual (1 evento) para tus clientes tarjetahabientes Itaú. Costo: 1% más IVA sobre el valor de cada transacción con tarjeta de crédito, de cualquier emisor. El plan básico podrá ser contratado por los canales habituales. Esta modalidad
funciona bajo una suscripción de renovación automática mensualmente.
2. Plan premium: Independientemente al plan básico, Pik podrá ofrecer otros beneficios adicionales o considerados premium, los cuales serán propuestos de manera independiente y por los canales habilitados, correo electrónico u otros medios digitales habilitados por Pik. La modalidad premium podrá ser habilitada exclusivamente bajo aprobación y condiciones comerciales acordadas entre el COMERCIO ADHERIDO y Pik. Ambas modalidades incluyen el reintegro mensual, el cual será gestionado directamente por Pik, conforme al calendario vigente. Podes suscribirte a este servicio en cualquier momento, aceptando expresamente, a través de un SMS enviado por Pik al número asociado a tu cuenta con las condiciones particulares de este servicio o seleccionando esta opción en el formulario de adhesión. Pik, se reserva el derecho de dar de baja el servicio en cualquier momento en caso de mora, interdicción, quiebra por parte del comercio adherido. Asimismo, Pik se reserva el derecho de modificar el servicio en cualquier momento a su solo arbitrio, notificando con una antelación de 30 días antes de la entrada en vigencia de los cambios. Si el COMERCIO ADHERIDO no está de acuerdo con las nuevas condiciones, tiene el derecho de solicitar la baja del servicio por cualquier canal habilitado.Hecha la suscripción, Pik activará el servicio dentro de un plazo de hasta 72 horas hábiles, con una confirmación al correo electrónico o número de teléfono registrado, con el resumen de los beneficios contratados. Pik, por medio de este contrato, informa y el COMERCIO AHDERIDO acepta, que tiene derecho a retractarse de esta suscripción dentro de un plazo de cinco días contados a partir de la activación de la suscripción.

Bases y Condiciones - Promoción “Reintegro Pik” con Tarjetas de Crédito Itaú
1. Banco Itaú Paraguay S.A.., en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80131394-5, domicilio situado en la calle Santa Teresa casi Herminio Maldonado de la ciudad de Asunción, es propietario del producto Pik.
2. Pik realizará promociones de reintegros “Reintegro Pik” con Tarjetas de Crédito Itaú, ofrecidas por Pik a través de su plataforma en fechas específicas designadas y comunicadas oportunamente, en adelante la PROMOCIÓN.
2. Este documento establece las bases y condiciones para la participación en la PROMOCIÓN.
3. Participan de la promoción los comercios que se suscriban al servicio de promociones hasta el 15 de cada mes, en caso de adherirse fuera de este periodo, accederán al beneficio de reintegro al mes siguiente de suscripción. Los nuevos comercios registrados que se suscriban al servicio, en su primer mes accederán al beneficio de las cuotas sin interés y el reintegro se aplicará con el porcentaje y tope mínimo establecidos por Pik, a partir del siguiente mes será considerada la facturación de conformidad a la tabla indicada en el punto 5 de estas bases y condiciones.
4. Aplica exclusivamente para compras realizadas en los días señalados por Piken su plataforma web https://www.pik.com.py con Tarjetas de Crédito Itaú físicas, billeteras electrónicas (Apple Pay/Google Pay) y con QR, en todos los comercios adheridos a la promoción, durante la vigencia misma para todo el territorio nacional.
5. Los porcentajes de reintegro y topes de reintegro de cada promoción serán definidos por el ORGANIZADOR con relación a la facturación del mes anterior a la promoción del comercio y comunicados oportunamente por los canales habilitados.
6. El objeto de la promoción es potenciar las ventas de comercios participantes, por lo tanto, la plataforma Pik debe ser utilizada únicamente para transacciones relacionadas con las ventas genuinas de productos y servicios del comercio participante. Asimismo, no se aplicarán reintegros en operaciones anuladas o contracargadas.
7. Es requisito indispensable la utilización del zócalo oficial de Pik Itaú para la comunicación de la promoción. El zócalo no puede ser modificado. El organizador se reserva el derecho de dar de baja la promoción en caso del uso incorrecto de las marcas Itaú y Pik. Pik podrá solicitar el retiro de materiales o comunicaciones que considere inapropiadas o contrarias a su reputación comercial. Asimismo, queda expresamente prohibido a los comercios promocionar reintegros o cuotas sin intereses sin estar debidamente adheridos al servicio de promociones; el comercio asume total responsabilidad frente a Pik por el uso indebido del zócalo oficial, considerándose esta conducta como causal de terminación inmediata del relacionamiento comercial con Pik.
8. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de auditar y verificar todas las transacciones efectuadas durante la promoción. Las transacciones que se consideren sospechosas, como el uso de tarjetas personales, aquellas con montos específicos relacionados con la promoción, o transacciones entre familiares, estarán sujetas a investigación.
9. Del resultado de la investigación, el ORGANIZADOR, a su solo criterio se reserva el derecho de suspender la participación del comercio en la promoción y en futuras promociones, retener o extornar cualquier reintegro pendiente o futuro a las resultas de la investigación y en caso de contar con los elementos de juicio y análisis necesarios para concluir que la transacción constituye un indicio de fraude, el ORGANIZADOR se reserva el derecho de excluir de forma permanente de futuras promociones al COMERCIO, y/o cancelar cualquier tipo de relacionamiento con el mismo.
10. La participación en la promoción implica la aceptación de lo establecido en estas bases y condiciones, que estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador. La eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.
11. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar estas bases y condiciones en cualquier momento. La continuación en la participación de la promoción tras la notificación de cambios se considerará como aceptación de las nuevas bases.
12. Este documento se regirá e interpretará conforme a las leyes vigentes en Paraguay. Cualquier disputa derivada de este documento será resuelta en los tribunales competentes de la ciudad de Asunción.
13. El porcentaje de reintegro se publicará en la página web https://www.pik.com.py, para operaciones con tarjetas de crédito Itaú o prepagas. Pudiendo ser exclusivo para uno u otro medio de pago, en conformidad a la publicación hecha en la página web antes mencionada.
14. Las tarjetas de crédito a través de sus distintas marcas y afinidades podrán acumular puntos. Pudiendo acumularse o no con otras promociones. Las condiciones marcas y afinidades, se publicarán en la página web de PIK.
15. El tope de reintegro dependerá del comercio en el que se realice la compra. La devolución en el extracto se verá dentro de las 48 horas hábiles posteriores a la realización de la compra.

Condiciones Comerciales de los Paquetes de Servicios
1. Objeto:
El presente Anexo tiene por objeto establecer las condiciones comerciales aplicables a los paquetes de servicios ofrecidos por Pik al COMERCIO ADHERIDO, en el marco del presente contrato de adhesión a servicios de cobro de ventas. Los paquetes podrán incluir soluciones de cobro por código QR, dispositivos físicos o servicios digitales complementarios.

2. Paquetes disponibles Pik pone a disposición del COMERCIO ADHERIDO los siguientes paquetes comerciales, los cuales podrán ser actualizados o modificados por Pik previa
notificación a través de los canales habilitados (correo electrónico, SMS o publicación en el sitio web de Pik).
a) Plan “QR Pik Esencial” Medio de Cobro: QR
Descripción General: Dirigido a comercios o emprendedores que operan con cobros digitales mediante código QR, brindando herramientas básicas para la gestión y seguimiento de ventas. Incluye:
▪ Generación de códigos QR dinámicos en la App móvil de Pik.
▪ Acceso al portal web de comercio.
▪ Visualización de las ventas y acreditaciones en las plataformas.
▪ Acreditaciones en 48 horas de las operaciones realizadas con tarjetas de
crédito.
▪ Acreditaciones en 24 horas de las operaciones realizadas con tarjetas de
débito.
▪ Comisiones y Tarifas aplicables detalladas en sitio web de Pik.
▪ Soporte Digital

b) Plan “Smart Pik Full” Medio de Cobro: SmartPos
Descripción General: Diseñado para comercios con mayor volumen de ventas o que requieren un dispositivo físico para sus operaciones. Permite aceptar pagos con tarjetas y mpos desde un mismo equipo. Incluye:
▪ Dispositivo SmartPos con conexión 4G/Wifi
▪ Acceso al portal web de comercio.
▪ Visualización de las ventas y acreditaciones en el portal.
▪ Acreditaciones en 48 horas de las operaciones realizadas con tarjetas de crédito.
▪ Acreditaciones en 24 horas de las operaciones realizadas con tarjetas de débito.
▪ Comisiones y Tarifas aplicables detalladas en el sitio web de Pik.
▪ Soporte Digital

3. Condiciones generales
3.1. Las tarifas y precios asociados a cada paquete se encuentran disponibles en el sitio web de Pik. Cualquier modificación en los costos será notificada con una anticipación mínima de 30 días, y el uso posterior de los servicios implicará la aceptación de los nuevos costos.
3.2. El COMERCIO ADHERIDO podrá cambiar de paquete o solicitar su baja a través de los canales habilitados, conforme a las condiciones generales de suscripción previstas en el contrato.
3.3. La adhesión a un paquete implica la aceptación expresa de las funcionalidades y beneficios descritos en el presente Anexo.
3.4. Los beneficios de los paquetes que incluyan servicios adicionales, como promociones o reintegros, se regirán por las condiciones particulares establecidas en los anexos específicos del contrato.
4. Condiciones específicas aplicables a los paquetes
4.1. Renovación automática: los paquetes contratados por el COMERCIO ADHERIDO se renovarán automáticamente de forma mensual mientras el servicio permanezca activo, salvo baja solicitada conforme al procedimiento establecido. La continuidad del uso del servicio después del cierre del ciclo de facturación implicará la renovación tácita del
paquete para el siguiente periodo.
4.2. Recalificación automática: Pik podrá, con base en criterios objetivos de volumen de transacciones, facturación o comportamiento operativo, reclasificar al COMERCIO ADHERIDO a un paquete superior o inferior. En tales casos, Pik notificará previamente al comercio por los canales habilitados, otorgando un plazo de cinco (5) días hábiles para manifestar su conformidad o solicitar el cambio de paquete.
4.3. Mora o falta de pago del paquete: El incumplimiento en el pago del costo de suscripción del paquete dentro del plazo establecido facultará a Pik a suspender temporalmente los servicios y beneficios asociados a dicho paquete, sin afectar las obligaciones del COMERCIO ADHERIDOrespecto a las transacciones procesadas o pendientes de liquidación. La reactivación de los beneficios quedará sujeta al pago íntegro de los importes adeudados.
4.4. Cancelación anticipada: El COMERCIO ADHERIDO podrá solicitar la baja del paquete contratado en cualquier momento, mediante los canales habilitados, con un preaviso mínimo de cinco (5) días hábiles antes del cierre del ciclo de facturación. La cancelación no generará penalidad alguna, sin embargo, los montos ya facturados o devengados no serán reembolsables. Los servicios continuarán disponibles hasta la fecha efectiva de baja.
4.5. Cancelación del paquete con dispositivo asignado: en caso de que el COMERCIO ADHERIDO solicite la baja de un paquete que incluya el uso de un dispositivo físico, la solicitud de cancelación quedará sujeta a la devolución efectiva del equipo asignado a Pik o a su agente autorizado. Hasta tanto el dispositivo no sea devuelto en condiciones operativas, Pik mantendrá activo el cobro del costo de suscripción correspondiente, sin que ello implique la continuidad de los servicios transaccionales. Una vez recibido y verificado el equipo, Pik procederá a la inactivación del servicio, liberando al COMERCIO ADHERIDO de los cargos futuros asociados al paquete. En caso de pérdida, daño o no devolución del equipo, se aplicarán las condiciones establecidas en el Capítulo VIII del contrato principal (“Equipos”), incluyendo los cargos o penalidades correspondientes.
5. Vigencia: El presente Anexo forma parte integrante del contrato de Adhesión a Servicios de Cobro de Ventas para Comercios de Pik y será aplicable a partir de su comunicación o publicación oficial a los comercios adheridos.
6. Armonización contractual: En caso de discrepancia entre las disposiciones del presente Anexo y las del cuerpo principal del contrato, prevalecerán las del contrato, salvo que el presente establezca condiciones específicas aplicables a los paquetes de servicios, las cuales tendrán carácter complementario y especial respecto del contrato principal.
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